Se ha publicado una nueva concesión de subvenciones para actuaciones de formación en competencias digitales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea- Next Generation EU. ¿Quieres saber los puntos clave de esta convocatoria? ¿Necesitas contenidos e-learning o una plataforma de teleformación para presentarte y ser beneficiario de esta subvención? ¡Sigue leyendo!

Objeto de la convocatoria de 2024 para las actuaciones de formación en competencias básicas digitales

Esta convocatoria de subvenciones tiene como finalidad seleccionar a los beneficiarios de las ayudas que deberán desarrollar los programas de formación de personas destinatarias de esos programas en el ámbito de las competencias digitales básicas.

Los objetivos de los programas de formación de esta convocatoria de subvenciones son tanto ofrecer a la población los conocimientos básicos y relevantes de competencias digitales para disminuir la brecha digital como proporcionar formación práctica orientada a la vida cotidiana de todas las personas.

¿Necesitas contenidos sobre competencias digitales básicas o una plataforma de teleformación para esta convocatoria?

Beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones de competencias digitales básicas

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas constituidas en España que su domicilio fiscal esté ubicado en la Unión Europea y disponga de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

convocatoria subvenciones competencias digitales básicas
El extracto de la resolución fue publicado por el Boletín Oficial del Estado el pasado 26 de marzo de 2024.

De este modo, los beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones de programas formativos de competencias digitales básicas serán:

  • Agrupaciones de interés económico/de empresas/de personas físicas y jurídicas.
  • Asociaciones.
  • Ayuntamientos/Municipios.
  • Cooperativas y sociedades laborales no agrarias.
  • Empresas (más de 250 empleados).
  • Entidades sin ánimo de lucro.
  • Fundaciones.
  • Investigadores/centros tecnológicos/centros de I+D.
  • Microempresas (menos de 10 empleados).
  • Organismos/entidades públicas.
  • Organizaciones empresariales y sindicales.
  • Pymes (menos de 250 empleados).
  • Sociedades civiles universidades públicas y privadas/centros de enseñanza.

No podrán ser beneficiarias las empresas de naturaleza pública, las entidades de derecho público, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, los colegios profesionales, las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Personas a las que se destinan los programas formativos de esta convocatoria

Existen varios colectivos mayores de edad a los que se destinan los programas de formación de esta convocatoria de subvención. Estos son los siguientes:

  • Personas mayores de 60 años o que cumplan estos años en el momento en que se imparta el curso.
  • Personas con discapacidad.
  • Personas en situación de vulnerabilidad.
  • Personas que carecen de competencias digitales básicas.

Oferta formativa de esta convocatoria

¿Necesitas contenidos para esta convocatoria? Estos son algunos cursos en formato SCORM y manuales de formación que se adaptan a la temática establecida en esta convocatoria de actuaciones de formación en materia básica digital:

Financiación de esta convocatoria de subvenciones de formación de competencias digitales básicas

El presupuesto correspondiente a la convocatoria de formación en competencias básicas digitales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es de 45.000.000 de euros.

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Los cursos de formación de esta convocatoria constarán de dos tipos de actividades: sesiones formativas y tutorías.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 40 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Contenido creado por:
  • María Costa

    María Costa

    Responsable de comunicación y contenidos editoriales

    Filóloga hispánica, máster en Edición y máster en Educación y TIC. Su experiencia profesional como editora, correctora y profesional del e-learning la ha llevado a desarrollar y dirigir proyectos editoriales de edición de textos de formación multiformato.