El Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) ha publicado la resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de planes de formación para personas trabajadoras ocupadas en la Región de Murcia para 2026. Esta iniciativa, financiada con fondos del SEPE, tiene como objetivo mejorar la cualificación, la empleabilidad y la adaptación a los cambios en el puesto de trabajo del tejido productivo murciano.
Esta nueva línea de ayudas para planes de formación de ocupados en Murcia, tramitada mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, busca dar respuesta a las necesidades formativas actuales basándose en la prospección del mercado laboral y en los itinerarios personalizados de inserción. De este modo, la oferta formativa no solo responde a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, sino que se adapta a las aspiraciones de promoción profesional del alumnado de la región.

Para las entidades de formación, esta convocatoria supone una vía de negocio clave, pero requiere máxima agilidad técnica y administrativa para presentar los proyectos en plazo. A continuación, desglosamos las claves de la resolución.
Objeto de la convocatoria de subvenciones para planes de formación de ocupados en Murcia
El propósito fundamental de esta resolución es la concesión de subvenciones para financiar planes de formación (compuestos por varias acciones formativas) dirigidos a personas trabajadoras ocupadas que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante 2026.
La Administración persigue con ello un doble objetivo: cubrir las necesidades formativas detectadas en el informe anual de prospección y suplir aquellas carencias no abarcadas por la formación programada por las propias empresas. A través de esta capacitación, se fomenta el mantenimiento del empleo, el desarrollo personal y la movilidad intersectorial de las personas trabajadoras.
¿Qué acciones formativas se subvencionan?
Los planes de formación objeto de la subvención se estructuran en cuatro grandes programas:
- Programa 1: Planes intersectoriales para adquirir competencias en diversos sectores de la actividad económica.
- Programa 2: Planes intersectoriales dirigidos a personas socias y trabajadoras de la economía social.
- Programa 3: Planes intersectoriales específicos para personas trabajadoras autónomas.
- Programa 4: Planes sectoriales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras de los ámbitos productivos especificados en el anexo II de la convocatoria
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Requisitos de las entidades beneficiarias de la convocatoria de subvenciones para planes de formación de ocupados en Murcia
Para poder acceder a la condición de beneficiarias, las entidades de formación públicas o privadas deben cumplir de manera estricta los siguientes requisitos técnicos:
- Estar debidamente inscritas en el Registro de Entidades de Formación del SEF y en el Registro Estatal para impartir las especialidades objeto de la convocatoria.
- Tener presencia en el ámbito territorial de la Región de Murcia mediante instalaciones debidamente inscritas que permitan la impartición en modalidad presencial, de teleformación o mixta.
- Se permite la concurrencia de agrupaciones de entidades de formación, siempre que hagan constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro y nombren a un representante único.
Personas destinatarias de las subvenciones para planes de formación de ocupados en Murcia
El alumnado prioritario estará compuesto por personas trabajadoras ocupadas con centro de trabajo en la Región de Murcia. Esto incluye a personas asalariadas que coticen por formación profesional, profesionales fijos discontinuos en periodos de inactividad, y personas afectadas por ERTE durante la suspensión de su contrato.

Como margen de flexibilidad, se permite la participación de personas desempleadas (inscritas como demandantes de empleo) hasta un límite máximo del 30% del total de plazas del plan de formación. Además, tendrán prioridad de acceso las mujeres, las personas mayores de 45 años, el personal de pymes (especialmente de menos de 50 trabajadores) y los colectivos en riesgo de exclusión social.
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COMT0099 Psicología y habilidades sociales aplicadas a las ventas -
COMT0075 Facturación electrónica -
COMT0098 Técnicas de gestión del servicio de venta y de postventa -
IFCD0099 Inteligencia Artificial generativa y mejora de la productividad -
INAD0006 Envasado, acondicionado y embajale de productos alimentarios -
IFCT120 Big data. analítica de datos -
TMVI0019 Consejero de seguridad en el transporte de mercancías peligrosas -
IFCT153 Análisis de datos con Excel: Power Query, Power Pivot y Power BI -
TMVI0024 Procedimientos generales sobre seguridad vial -
ADGD44 Planificación de proyectos -
IFCD0041 Gestión de proyectos con Scrum -
IFCT0049 ChatGPT e Inteligencia Artificial -
IFCT0023 Ciberseguridad -
IFCD83 Linux LPIC 1 -
IFCD95 Hacking ético -
ADGD0045 Estrategias de digitalización de procesos en empresas -
COMM0009 Atención al cliente -
HOTR0016 Cocina vegetariana en restauración -
SSCE03 INGLÉS B1 -
SSCE05 Inglés C1 -
SSCE04 Inglés B2 -
IFCT46 Competencias digitales avanzadas -
SSCE05 English C1 -
SSCE03 English B1 -
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Presupuesto y plazos de solicitud
La convocatoria cuenta con una dotación inicial de 2.720.000.00 €, con una previsión de cuantía adicional estimada de 4.000.000,00 € condicionada a la disponibilidad de crédito.
Uno de los grandes atractivos de esta convocatoria es su secuencia de pago: las entidades adjudicatarias recibirán el 70 % de la subvención concedida de forma anticipada, sin necesidad de justificación previa. El 30 % restante será liquidado una vez finalizada y justificada la actividad formativa mediante el sistema de módulos.
A nivel de liquidez, la Administración permite un modelo de anticipos: se podrá efectuar el pago de hasta un 25 % previo al inicio de la actividad formativa y un 35 % adicional una vez acreditado su arranque. Alternativamente, se podrá abonar un único anticipo de hasta el 60 % del importe concedido si las disponibilidades de tesorería lo permiten.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. El trámite debe realizarse obligatoriamente de forma telemática a través de la aplicación informática GEFE y presentarse en la sede electrónica de la CARM.






















